miércoles, 12 de noviembre de 2014

Interpol ordena detener a Martín Villa por la matanza del 3 de Marzo en Vitoria

 

El organismo reclama desde Argentina a su oficina en Madrid la detención preventiva de 20 relevantes exministros y cargos franquista por los crímenes del régimen, entre ellos Martín Villa y el suegro de Gallardón, José Utrera


La sección de Interpol radicada en Argentina ha cursado una comunicación «muy urgente» a su oficina de Interpol Madrid solicitando la detención preventiva con fines de extradición de las veinte personas investigadas por la jueza María Servini por crímenes cometidos durante el franquismo, entre los que se encuentran los ex ministros José Utrera Molina o Rodolfo Martín Villa, este último como responsable de los sucesos del 3 de Marzo [de 1976] en Vitoria, en los que murieron cinco obreros a disparos de la Policía.

Así lo expone en un escrito con fecha del 4 de noviembre, presentado ante el juzgado del que es titular María Servini de Cubría en el que le pide todos los datos identificativos de los imputados como requisito «indispensable» para el caso de emitir una orden de captura internacional y evitar detener a personas con su mismo nombre, «casos de homonimia», dice.

Esta información permitirá a Interpol hacer extensiva la medida de la detención a todas las policías de los países miembros de la Organización Internacional de Policía Criminal OIPC-Interpol para el supuesto de que los imputados se encuentren fuera de las fronteras españolas. No obstante, dentro del mercado de la cooperación policial internacional existente con los colegas españoles, Interpol Argentina ya ha reclamado que proporcionen la totalidad de los registros filiatorios que posean sobre los investigados por crímenes de lesa humanidad.

La Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CEAQUA), personada en la causa abierta en Buenos Aires, ha explicado que una vez cursada y recibida la orden de detención preventiva por parte de las autoridades competentes, las Fuerzas de Seguridad deberán proceder a la detención de los reclamados para ponerles a disposición del Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional que esté de guardia en un plazo no superior a las 24 horas. La organización, que alude al artículo 8 de la ley 4/1985 de Extradición Pasiva española, añade que la Audiencia Nacional podrá ordenar la prisión provisional, su libertad o medidas cautelares, como visitas periódicas a un juzgado, ertirada del pasaporte o prestación de fianza, entre otras.

El Juzgado español deberá después comunicar su decisión al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 1 de Buenos Aires, que puede solicitar la extradición en el plazo que determine. En caso de ordenar una detención preventiva, ésta no puede prolongarse más allá de cuarenta días si dentro de este plazo no se presenta la solicitud de extradición, según CEAQUA.

Estas disposiciones coinciden con lo establecido en el artículo 24 del Tratado Bilateral de Extradición y Asistencia Jurídica en materia penal suscrito en Buenos Aires el 3 de marzo de 1987 entre el Reino de España y la República Argentina. La juez Servini imputó y ordenó detener recientemente a una veintena de personas por crímenes del franquismo, aunque una de ellas el ex ministro Antonio Barrera de Irimo falleció recientemente y por lo tanto se ha extinguido cualquier acción penal.


Servini defiende la jurisdicción argentina

La magistrada recuerda que la Audiencia Nacional rechazó extraditar al expolicía Antonio González Pacheco «Billy el niño» y al excapitán de la Guardia Civil Jesús Muñecas por estar prescritos sus delitos y que numerosos juzgados españoles han archivado este tipo de casos. Servini, que viajó el pasado mayo a España para interrogar a víctimas y visitar distintas instituciones, alega que Argentina es competente para conocer de esta querella criminal y enmarca los hechos en crímenes de lesa humanidad.

«En el terreno de los crímenes de derecho internacional, la extraterritorialidad equipara y aún desplaza a la territorialidad como base para el ejercicio jurisdiccional», dice Servini, que defiende la jurisdicción por parte de los tribunales argentinos y alude a la Convención contra la Tortura y la Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas.

El caso tiene su origen en la denuncia interpuesta en abril de 2010 por múltiples víctimas y sus familiares agrupados en la Coordinadora CEAQUA al entender que los crímenes ocurridos desde el 17 de julio de 1936 constituían un plan sistemático y planificado de «aterrorizar a españoles» por su ideología y de sustracción de menores.

4 comentarios:

KRATES dijo...

«Las víctimas del franquismo denuncian la artimaña del Gobierno para "proteger" y no detener a los ex ministros de Franco»

(EUROPA PRESS)
http://www.europapress.es/nacional/noticia-victimas-franquismo-denuncian-artimana-gobierno-proteger-no-detener-ex-ministros-franco-20141112185819.html

Piedra dijo...

A ver si los asesinos ya no van a poder vivir tranquilos, que poca vergüenza. ¿Que más van a pedir, que Obama entregue el Nobel de la paz?
...Con Franco no pasaban estas cosas.
(Y además se podía salir tranquilo por la noche)
Menos mal que todo esto al final queda en nada, aun quedan muchos santos varones y sus hijos y los hijos de sus hijos, para que todo siga atado y bien atado.


Salud!

KRATES dijo...

Ese fue el «espíritu» de nuestra Transición, borrón y cuenta nueva (de modélica nada, más bien vergonzosa).

Y el Premio Nobel de la Paz ya se desacreditó cuando en 1973 se lo dieron a Kissinger.

Piedra dijo...

Pero tampoco hubo amnistía para los "perdedores", esos siguen, incluso algunos a día de hoy, pudriéndose en las cárceles o en las cunetas donde los amnistiados los encerraron o los tiraron tras asesinarlos.
Imposible así que nadie los condene: son los que mandan.

Salud!